芦Se entiende por accidente de trabajo toda lesi贸n corporal que el trabajador sufra con ocasi贸n o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena禄. Ley General de la Seguridad Social, art铆culo 156.1.
La causa de la lesi贸n ha de ser el trabajo, o bien el agravamiento. Es decir, que se tiene que dar la circunstancia que sin el trabajo no se hubiera producido la lesi贸n, o 茅sta no hubiera sido tan grave.
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Accidente de Trabajo
Tambi茅n se admite que son accidentes laborales cuando se debe a agentes o factores humanos o naturales que no siendo inherentes a la realizaci贸n del trabajo, no son extra帽os al mismo.
As铆:
- Los accidentes debidos a factores humanos, por actos u omisiones del trabajador.
- Actos un omisiones debidos al trabajador.
- Y tambi茅n los accidentes como consecuencia de actos y omisiones de compa帽eros de trabajo, o de terceros.
Art. 156.3 Ley G. S.Social, 芦Se presumir谩, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo禄.
Por tanto, centrando los supuestos concretos, todo accidente de trabajo ha de sufrirse durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
El trabajador tiene que acreditar el hecho base de que la lesi贸n se produjo durante el tiempo y en el lugar de trabajo para que quede probada la conexi贸n causal de que el accidente se ha producido con ocasi贸n o por consecuencia del trabajo.
Se establece la presunci贸n a favor de la laboralidad de los accidentes ocurridos en tiempo y lugar de trabajo: producidas unas lesiones se impone la consecuencia de que existe un accidente de trabajo.
Presunci贸n a favor de la consideraci贸n de accidente laboral.
La presunci贸n se refiere tambi茅n a las enfermedades o alteraciones de los procesos vitales que pueden surgir en el trabajo; es decir, una situaci贸n de deterioro f铆sico derivado de una dolencia manifestada durante el tiempo y lugar de trabajo, siempre que no se trate de una enfermedad catalogada como profesional.
Consecuencia de un accidente de trabajo puede sufrirse determinadas lesiones, como lumbalgia.
En todo caso es necesario que se cumplan las dos exigencias de tiempo y lugar en el acaecimiento del accidente laboral; si falta una de ellas no puede aplicarse la presunci贸n, sin perjuicio de que el trabajador pueda probar la relaci贸n de causalidad.
Prueba en contrario de Accidente Laboral (LGSS art. 156.3).
Se trata de una presunci贸n legal iuris tantum, lo que quiere decir que admite prueba en contrario.
Se exime al trabajador de la carga de la prueba de la causalidad.
Sin embargo, admite prueba cierta y convincente en contrario que ponga de manifiesto la ruptura de dicha relaci贸n entre trabajo y lesi贸n.
Por lo que se podr谩 probar la existencia de una causa del suceso excluyente de su relaci贸n con el trabajo.
Es decir, probar de que hayan ocurrido hechos de tal relieve que sea evidente, a todas luces, la absoluta carencia de relaci贸n de causalidad entre el trabajo que se realizaba y el accidente sufrid.
Esta prueba en contrario, esta presunci贸n, no cede ante meras conjeturas o hip贸tesis.