La carta de despido por causas económicas es la comunicación escrita que el empresario entrega al trabajador explicando la situación económica desfavorable de la empresa y causa de dicho despido.

Lo que pone la carta de despido no es cierto, pensamos cuando la recibimos.

En el despido objetivo por causas económicas es requisito indispensable la comunicación escrita del despido al trabajador.

Cuando el despido no se realiza por escrito, estamos ante un despido improcedente.

La carta del despido por causas económicas ha de contener, de manera clara y exacta, las causas y motivos de dicho despido, y todos los datos económicos de la empresa en los que se basa el mismo.

La carta de despido debe contener las causas del mismo y, en este caso, los datos económicos de la empresa, explicados y desarrollados, lo suficientemente claros y que justifican el mismo. Si la carta no contiene todos los datos, creará indefensión al trabajador, y dará lugar a la declaración de improcedencia del despido.

En este tipo de despido, junto con la carta de despido, se ha de poner a disposición del trabajador la indemnización, o bien, explicar el motivo por el que no es posible.

Cuando la empresa no tiene capacidad económica puntual para poner a disposición la indemnización ha de exponerlo en la carta de despido.

La indemnización

La indemnización en este despido es de 20 días por año trabajado, prorrateándose los períodos inferiores al año, y con un máximo de 12 mensualidades.

El despido se va a considerar como improcedente si falta la carta del mismo, por considerarse un requisito formal legalmente imprescindible.

También se considerará improcedente el despido, si junto con la carta anunciando el mismo al trabajador, no se pone  a su disposición la indemnización, o se informa en la carta la imposibilidad de abonar la misma por falta de saldo o liquidez de la empresa.

El trabajador podrá reclamar la indemnización si no le hubiera sido abonada, una vez se haya producido el despido y tenga efectividad el mismo.

También podrá reclamar las nóminas que estén impagadas.

El trabajador y la empresa, en muchos casos, llegan a algún acuerdo de pago aplazado, en varias entregas, a fin de facilitar el cumplimiento de la empresa con problemas económicos.

Carta de despido por causas económicas. Lo que pone en la carta no es cierto.

La inexactitud formal y relevante en la comunicación de un despido objetivo, convierte al mismo en un despido improcedente.

Así, en la carta de despido por causas económicas:

-Se informa al  trabajador  de las razones económicas,

-Se incluyen los datos y los números que avalan las pérdidas o la disminución del beneficio de la empresa.

-Los datos se muestran de manera clara y amplia, las diferencias numéricas de, al menos, los tres trimestres anteriores al despido, en relación con los mismos trimestres del año anterior.

-Se mencionan, también, otras cuestiones relacionadas con los resultados trimestrales.

Un despido objetivo con una carta incorrecta o incompleta, puede se declarado improcedente.

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